
La Justicia obliga al Gobierno a poner en marcha la Ley de Financiamiento Universitario
El conflicto judicial se resolvió hoy con un fallo que dejó sin efecto la condición establecida por el Ejecutivo para aplicar la Ley de Financiamiento Universitario. La decisión fue adoptada por el juez federal Martín Cormick.
La resolución fue dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, luego de los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA). El magistrado ordenó al Poder Ejecutivo dictar las normas necesarias para garantizar el cumplimiento inmediato de la ley.
En concreto, Cormick declaró inconstitucional la cláusula del Decreto 759/2025 que supeditaba la ejecución de la norma a la definición de los recursos presupuestarios. De esta manera, quedó invalidada la condición utilizada para mantener suspendida su aplicación.
El juez sostuvo que ese mecanismo permitía suspender la aplicación de una ley que había sido ratificada por el Congreso. Según el fallo, se trató de un “mecanismo extraconstitucional” y de una instancia de veto que no está prevista en la Constitución Nacional.
La resolución también estableció que el Poder Ejecutivo deberá avanzar con las medidas reglamentarias y ejecutorias necesarias para poner en vigencia la normativa. El fallo corresponde a una sentencia de primera instancia.
Uno de los puntos centrales de la decisión fue la discusión sobre los recursos necesarios para cumplir con la ley. Cormick señaló que la propia norma contempla herramientas para adecuar partidas presupuestarias y utilizar ingresos corrientes recaudados por encima de lo previsto.
El reclamo de las universidades también incluyó el pedido de cumplimiento de aspectos vinculados con el funcionamiento de las casas de estudios y la recomposición de los salarios de docentes y no docentes. El fallo se suma a resoluciones previas relacionadas con salarios y becas estudiantiles.
La Ley de Financiamiento Universitario contempla mecanismos de recomposición de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas y de los ingresos de sus trabajadores. También establece medidas vinculadas con becas, investigación, infraestructura, equipamiento, tecnología y extensión universitaria.

