
Cuánto paga ANSES y qué documentación se necesita para solicitar la reparación económica
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa implementando y liquidando una asistencia económica mensual fundamental, creada bajo el amparo de la Ley 27.452, conocida popularmente como Ley Brisa. Este régimen de reparación está destinado a proteger y acompañar a niños, niñas y adolescentes que se encuentran en una situación de extrema vulnerabilidad tras sufrir la pérdida de su madre en contextos de violencia de género.
El objetivo principal de esta política pública es garantizar que los menores afectados por estas tragedias cuenten con un respaldo económico del Estado que les permita cubrir sus necesidades básicas y sostener su desarrollo integral a lo largo de su juventud.

De cuánto es el monto y cómo se actualiza
Una de las características más importantes de esta prestación es que se encuentra formalmente vinculada al haber mínimo jubilatorio del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Por este motivo, su valor no queda congelado, sino que se actualiza de manera automática cada vez que el organismo previsional aplica un incremento por la Ley de Movilidad.
Durante el mes de agosto de 2026, tras el último ajuste por inflación, el monto de la reparación económica alcanzó los $419.775,93 mensuales. Es importante destacar que, en caso de que un grupo familiar tenga más de un hijo que cumpla con los requisitos, este importe se cobra íntegramente por cada uno de los beneficiarios de forma individual.
Requisitos y quiénes pueden acceder al cobro

La medida está dirigida específicamente a hijos de víctimas de femicidio o de homicidio agravado por el vínculo o en contexto de violencia de género. Entre los puntos legales clave para acceder al beneficio, se establece que la reparación se percibe ininterrumpidamente hasta que el beneficiario cumple los 21 años de edad. Sin embargo, existe una excepción fundamental para las personas con discapacidad, a quienes la prestación se les otorga de manera vitalicia, es decir, sin ningún tipo de límite de edad, siempre que se cumplan las condiciones médicas y legales previstas.
En cuanto a la nacionalidad y residencia, los solicitantes deben ser ciudadanos argentinos. En el caso de ser extranjeros, deben acreditar el período de residencia ininterrumpida exigido por la normativa vigente. Finalmente, un requisito excluyente es que el hecho trágico que dio origen a la solicitud de asistencia debe haber ocurrido obligatoriamente dentro del territorio de la República Argentina.
Compatibilidad absoluta con otras prestaciones sociales

Para evitar que las familias deban elegir entre un derecho y otro, la ley establece que esta reparación económica resulta totalmente compatible con otras prestaciones del Estado, garantizando así una red de contención integral. El cobro de los $419.775,93 puede coexistir simultáneamente con la Asignación Universal por Hijo (AUH) o la Asignación por Embarazo (AUE), así como con las asignaciones familiares del sistema SUAF.
Asimismo, este beneficio no interfiere de ninguna manera con la percepción de la Prestación Alimentar, conocida anteriormente como Tarjeta Alimentar, ni con el Complemento Leche del Plan 1000 Días. Por último, también es plenamente compatible con pensiones, jubilaciones u otros ingresos formales que perciba el adulto que se encuentre a cargo del cuidado de los menores.
Cómo iniciar el trámite y qué documentación presentar
La gestión de esta solicitud se ha digitalizado para facilitar el acceso a los familiares y tutores. El trámite se realiza de forma enteramente online a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Para que el expediente avance correctamente, es fundamental reunir y adjuntar la documentación que acredite tanto la identidad de los menores como las circunstancias del hecho. Se requiere presentar el certificado de defunción de la víctima, las partidas de nacimiento para certificar el vínculo familiar y la documentación de la causa judicial que confirme que el homicidio se enmarca en un contexto de violencia de género.
En el caso de que los beneficiarios sean menores de 18 años, el cobro mensual será administrado y percibido por su representante legal, ya sea un tutor o un guardador autorizado judicialmente. Una vez alcanzada la mayoría de edad a los 18 años, los jóvenes pueden comenzar a cobrar la prestación directamente en una cuenta bancaria a su propio nombre hasta cumplir los 21 años.

