
La Corte Suprema rechazó el per saltum del Gobierno por la reforma laboral
La Corte Suprema de Justicia rechazó el pedido de per saltum presentado por el Gobierno nacional para que el máximo tribunal interviniera de manera directa en la discusión sobre la constitucionalidad de la reforma laboral impulsada por el oficialismo.
Con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, la Corte consideró que el recurso extraordinario presentado por la Procuración del Tesoro resultaba “inadmisible” y sostuvo que no estaban dados los requisitos previstos en el Código Procesal Civil y Comercial para habilitar ese mecanismo excepcional.
La Corte sostuvo que ya intervino un tribunal de alzada
En el fallo difundido este jueves, los jueces remarcaron además que el pedido oficial era “inoficioso” porque la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ya había resuelto trasladar el expediente al fuero contencioso administrativo federal.
“No hay salto de instancia posible porque ya resolvió el tribunal de alzada”, señalaron desde el máximo tribunal.
El recurso había sido presentado el pasado 16 de abril luego de que el juez laboral Raúl Horacio Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N°63, declarara la inconstitucionalidad de varios artículos de la denominada ley de “modernización laboral”.
En una primera resolución, el magistrado suspendió la aplicación de buena parte de la norma aprobada por el Congreso el 28 de febrero.
Sin embargo, posteriormente la Cámara del Trabajo revirtió esa decisión, restituyó la plena vigencia de la reforma laboral y ordenó que la causa pasara al fuero contencioso administrativo.
Qué reclamaba el Gobierno nacional
En su presentación, la Procuración del Tesoro —en representación de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano— había solicitado que la Corte aceptara el recurso extraordinario y suspendiera los efectos de la cautelar que frenaba parte de la ley.
Además, el Estado nacional pidió revocar la resolución del juez laboral al considerar que había sido dictada por un magistrado incompetente y sostuvo que no existía legitimación colectiva para impulsar la demanda.
La Corte recordó en su fallo que el artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial solo habilita el per saltum ante situaciones excepcionales de gravedad institucional y competencia federal directa.
La CGT cuestionó la decisión de la Corte
La causa había sido iniciada por la CGT, que reclamó la inconstitucionalidad de distintos artículos de la Ley 27.802 al considerar que afectan derechos laborales y garantías sindicales.
Desde la central obrera cuestionaron la decisión del máximo tribunal y sostuvieron que igualmente podía haberse pronunciado sobre el expediente.
Fuentes cercanas a la conducción cegetista señalaron además que todavía continúan pendientes recusaciones dentro de la Cámara del Trabajo y recordaron que el fiscal del fuero contencioso administrativo había sostenido que la causa debía continuar en el ámbito laboral.
Tras el rechazo del per saltum, la disputa judicial por la reforma laboral seguirá ahora bajo la órbita de la Cámara Contencioso Administrativo Federal,

