Reforma laboral: el Gobierno reglamentó beneficios para empresas que contraten trabajadores en negro
Índice de contenidos
- Reforma laboral: cómo funcionará el nuevo régimen para empleadores
- Qué pasa si las empresas incumplen la norma
- Reforma laboral: cuáles son los cambios que volvieron a regir
- Despidos e indemnizaciones
- Derecho a huelga y actividad sindical
- Convenios colectivos
- Teletrabajo y banco de horas
- Trabajadores de plataformas
- Tercerización y Justicia laboral
Javier Milei oficializó el nuevo régimen de incentivo laboral con rebajas en aportes patronales y cambios clave en contratación, despidos y teletrabajo.
El Gobierno de Javier Milei reglamentó un capítulo central de la reforma laboral y puso en marcha un esquema de beneficios para empresas que incorporen trabajadores no registrados. La medida quedó oficializada a través del Decreto 315/2026, publicado en el Boletín Oficial, y ya entró en vigencia.
La norma crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), una herramienta que apunta a promover la contratación en el sector privado mediante reducciones en las cargas patronales y nuevas condiciones para el empleo formal.
El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y los ministros Luis Caputo y Sandra Pettovello.
Reforma laboral: cómo funcionará el nuevo régimen para empleadores
El RIFL alcanzará a empleadores que registren trabajadores entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027. El beneficio estará disponible para personas que no tenían empleo registrado al 10 de diciembre de 2025 o que permanecieron desocupadas durante los seis meses previos a la contratación.
La reglamentación también incluye a monotributistas y a personas que hayan trabajado previamente en el sector público.
El esquema tendrá una vigencia de cuatro años y fijará un límite para las empresas: podrán incorporar trabajadores bajo este sistema hasta un máximo equivalente al 80% de su nómina, siempre que ya estuvieran inscriptas como empleadoras desde diciembre de 2025.
Uno de los principales incentivos será la reducción de contribuciones patronales. Durante los primeros 48 meses desde el alta laboral, las empresas pagarán alícuotas reducidas de entre el 2% y el 3%, según el subsistema de seguridad social correspondiente.
El texto oficial aclaró además que el trabajador podrá tener otros ingresos o actividades económicas sin afectar el beneficio otorgado al empleador.
Qué pasa si las empresas incumplen la norma
El decreto estableció que los beneficios no podrán acumularse con otros regímenes de reducción de aportes ya vigentes. Además, mantuvo obligatoria la contribución al Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) quedará a cargo de los controles y fiscalizaciones. El organismo deberá aplicar verificaciones automáticas, sanciones y exigir el pago de aportes omitidos con intereses en caso de detectar irregularidades.
La reglamentación advirtió que cualquier incumplimiento provocará “el decaimiento de los beneficios” previstos en el régimen.
Reforma laboral: cuáles son los cambios que volvieron a regir
La reglamentación se publicó pocos días después de que la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo le otorgara efecto suspensivo a la apelación presentada por el Gobierno contra una cautelar que había frenado 82 artículos de la reforma laboral.
Con esa decisión judicial, varios puntos clave de la Ley de Modernización Laboral volvieron a entrar en vigencia mientras continúa la discusión de fondo en los tribunales.
Despidos e indemnizaciones
La reforma volvió a habilitar cambios en el cálculo de indemnizaciones. Las empresas podrán excluir conceptos no mensuales, como el aguinaldo, y se limitará el cómputo de antigüedad en determinados casos.
También recuperó vigencia el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el sistema que busca reemplazar parcialmente las indemnizaciones tradicionales.
Derecho a huelga y actividad sindical
El nuevo esquema amplió los servicios mínimos durante huelgas e incorporó nuevas categorías de “actividades de importancia trascendental”, lo que impondrá mayores restricciones a las medidas de fuerza.
Además, volvieron a regir cambios sobre asambleas sindicales, reducción de horas para delegados y posibles sanciones para organizaciones gremiales.
Convenios colectivos
La reforma priorizó los convenios de empresa por encima de los acuerdos por actividad. También habilitó la posibilidad de negociar condiciones laborales inferiores a las establecidas previamente en convenios sectoriales.
Teletrabajo y banco de horas
El Gobierno derogó la ley de teletrabajo y habilitó nuevas modalidades de organización laboral, entre ellas el fraccionamiento obligatorio de vacaciones y la creación de un banco de horas por acuerdo individual entre empresa y trabajador.
Trabajadores de plataformas
La normativa volvió a excluir a repartidores y trabajadores de plataformas digitales del régimen laboral tradicional, al considerarlos trabajadores independientes.
Tercerización y Justicia laboral
La reforma redujo la responsabilidad solidaria de empresas en casos de tercerización y eliminó presunciones de fraude laboral.
Además, trasladó determinados conflictos laborales al fuero Contencioso Administrativo cuando el Estado forme parte de la causa y habilitó a las empresas a pagar sentencias judiciales en hasta 12 cuotas. Tu prueba Premium ha finalizado