Anuncio
DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ BUENOS AIRES: 20°C · Sensación 22°C · Mayormente despejado · Viento 7 km/h · Hum. 87% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ CABA: 21°C · Sensación 23°C · Cielo despejado · Viento 8 km/h · Hum. 77% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ LA PAMPA: 17°C · Sensación 14°C · Parcialmente nublado · Viento 11 km/h · Hum. 46% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ CHACO: 31°C · Cielo despejado · Viento 26 km/h · Hum. 55% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ CóRDOBA: 22°C · Sensación 20°C · Mayormente despejado · Viento 11 km/h · Hum. 49% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ SANTA FE: 24°C · Sensación 26°C · Mayormente despejado · Viento 7 km/h · Hum. 80% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ ENTRE RíOS: 25°C · Sensación 28°C · Mayormente despejado · Viento 6 km/h · Hum. 71% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ MENDOZA: 15°C · Cubierto · Viento 1 km/h · Hum. 55% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ SAN JUAN: 20°C · Sensación 18°C · Parcialmente nublado · Viento 4 km/h · Hum. 40% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ SAN LUIS: 18°C · Sensación 15°C · Cubierto · Viento 26 km/h · Hum. 59% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ LA RIOJA: 25°C · Mayormente despejado · Viento 2 km/h · Hum. 37% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ CATAMARCA: 20°C · Cielo despejado · Viento 7 km/h · Hum. 53% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ TUCUMáN: 26°C · Cielo despejado · Viento 16 km/h · Hum. 47% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ SANTIAGO DEL ESTERO: 29°C · Mayormente despejado · Viento 22 km/h · Hum. 44% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ SALTA: 28°C · Sensación 25°C · Cielo despejado · Viento 14 km/h · Hum. 25% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ JUJUY: 31°C · Sensación 23°C · Cielo despejado · Viento 31 km/h · Hum. 5% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ CORRIENTES: 29°C · Cielo despejado · Viento 24 km/h · Hum. 60% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ MISIONES: 28°C · Cielo despejado · Viento 27 km/h · Hum. 62% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ FORMOSA: 30°C · Cielo despejado · Viento 32 km/h · Hum. 61% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ NEUQUéN: 12°C · Sensación 10°C · Cubierto · Viento 6 km/h · Hum. 63% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ RíO NEGRO: 13°C · Sensación 10°C · Cubierto · Viento 15 km/h · Hum. 58% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ CHUBUT: 11°C · Sensación 6°C · Mayormente despejado · Viento 25 km/h · Hum. 65% DÓLAR OFICIAL: Compra $1.451,00 · Venta $1.502,00 ☁ SANTA CRUZ: 0°C · Sensación -5°C · Parcialmente nublado · Viento 16 km/h · Hum. 63% DÓLAR BLUE: Compra $1.497,00 · Venta $1.530,00 ☁ TIERRA DEL FUEGO: -7°C · Sensación -10°C · Cielo despejado · Viento 3 km/h · Hum. 74%
jubilados
Economía | junio 1, 2026

¿Qué es el FAL? el mecanismo para financiar despidos con plata de los jubilados que reglamentó el Gobierno

A través del Decreto 408/2026, las empresas del sector privado podrán constituir fondos comunes de inversión…
Por Luz Fondeville

El gobierno de Javier Milei oficializó este lunes, mediante la publicación del Decreto 408/2026 en el Boletín Oficial, que el Poder Ejecutivo reglamentó el Título II de la Ley N° 27.802, dando nacimiento al Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

La normativa tiene las firmas del presidente de la Nación; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger; y el titular de la cartera de Economía, Luis Caputo.

La nueva reforma laboral modifica las indemnizaciones por despido para los trabajadores registrados en el sector privado. El problema es el método de su financiamiento: Los aportes mensuales destinados por las firmas a la constitución de las cuentas de despido poseerán un carácter de deducibilidad frente al impuesto a las ganancias. Asimismo, el nuevo ordenamiento técnico contempla una reducción proporcional en las contribuciones patronales ordinarias que financian a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Cada empleador deberá seleccionar una entidad financiera habilitada y abrir una cuenta individual en un fondo común de inversión o en fideicomisos financieros, que contarán con la estricta órbita y supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Al constituirse la cuenta, la empresa recibirá un identificador único denominado “ID FAL”.

Anuncio

En caso de que el empleador no informe este código dentro del plazo de un mes, la CNV procederá a asignarle un fondo o fideicomiso de oficio para garantizar la portabilidad y la continuidad del sistema. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de derivar las contribuciones mensuales directamente a la cuenta del fondo seleccionado, integrando dicho pago dentro de la declaración unificada de la seguridad social.

El decreto presidencial fijó un tope del 1% anual sobre el total de los activos para las comisiones de gestión. Asimismo, se determinó que los recursos acumulados en el FAL solo podrán ser invertidos en valores negociables e instrumentos financieros que coticen dentro del territorio de la República Argentina.

El texto detalla de manera taxativa las condiciones bajo las cuales un empleado podrá percibir la indemnización correspondiente a través de este sistema. Solo estarán cubiertos por el FAL aquellos trabajadores que hayan sido declarados en tiempo y forma por la empresa con una antelación mínima de doce meses previos a la extinción del vínculo laboral.

Al momento de ejecutarse un despido que encuadre en las condiciones del fondo, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica ante los organismos competentes. A partir de ese paso, se activa un protocolo de control.

La entidad financiera tendrá la obligación de verificar la consistencia de los registros y los datos de la cuenta bancaria del operario. Una vez que este habilitada, deberá transferir la suma indemnizatoria de manera directa a la cuenta del trabajador en un plazo máximo e improrrogable de cinco días hábiles.

Es importante destacar que la letra del decreto remarca que la responsabilidad legal sobre el cálculo final y la liquidación de la indemnización continuará recayendo de forma exclusiva sobre la empresa contratante.

Anuncio

La nueva norma, contempla esquemas para migrar fondos en situaciones de reorganización societaria o transferencia de personal, advirtiendo que los remanentes solo volverán a manos del empleador si se constata la inexistencia de contingencias o juicios laborales pendientes.

Hola Chiche con Chiche Gelblung
AL AIRE AHORA

Hola Chiche con Chiche Gelblung