
La Corte Suprema ordenó un protocolo médico para represores presos: son solo 76
La Corte Suprema de Justicia ordenó por unanimidad al Cuerpo Médico Forense (CMF) elaborar un protocolo médico para evaluar el estado de salud de los represores presos y analizar si pueden cumplir su condena fuera de la cárcel. La medida surge de la acordada 21/2026, firmada este viernes por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

El pedido acumulaba meses de reclamo de organizaciones pro militares y de familiares de represores, que buscaban acelerar las salidas de prisión. La demanda había crecido desde la llegada de Javier Milei y Victoria Villarruel a la presidencia.
Sin embargo, la facultad de otorgar arrestos domiciliarios o excarcelaciones sigue en manos de los jueces de Ejecución Penal, no de la Corte Suprema. Los juicios de lesa humanidad continúan, aunque a un ritmo más lento que en años anteriores.
Solo 76 represores siguen tras las rejas
Según datos de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, apenas 76 represores permanecen presos en cárceles del país. La mayoría, 58 de ellos, están alojados en la Unidad 34 de Campo de Mayo.
El resto del universo de acusados, unos 440 represores, cumple arresto domiciliario. Eso significa que más del 85 por ciento de los procesados o condenados por delitos de lesa humanidad ya está en su casa.
Entre quienes continúan detenidos figuran nombres emblemáticos del terrorismo de Estado: Alfredo Astiz, Jorge “Tigre” Acosta y Christian Federico von Wernich.

En números:
- 76 represores presos en total
- 58 alojados en la Unidad 34 de Campo de Mayo
- 440 con arresto domiciliario
- Más del 85% del universo total, fuera de la cárcel
Qué deberá incluir el nuevo protocolo
El Cuerpo Médico Forense tiene un plazo de 30 días corridos para entregar el documento. Luego, la Corte lo distribuirá entre jueces penales, la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal y el Poder Ejecutivo.
El protocolo deberá detallar los exámenes médicos necesarios para constatar el estado de salud de cada detenido. También deberá verificar si el penal donde está alojado permite realizar el tratamiento indicado para su patología.
En el texto de la acordada, los jueces sostuvieron que “el motivo del encarcelamiento no puede ser óbice para brindar al reo la atención que necesita, pues lo que está en juego es un principio elemental de humanidad“.
Repercusiones cruzadas en tribunales
Organizaciones pro militares, que meses atrás habían presentado un hábeas corpus para lograr la salida de los presos por delitos de lesa humanidad, celebraron la decisión de la Corte.
Pero no todas las voces coincidieron. Fuentes con despacho en los tribunales de Comodoro Py calificaron al nuevo protocolo como una “suelta de genocidas” y un “2×1 disfrazado“.
Con el plazo de 30 días corriendo desde este viernes, el futuro de los represores condenados vuelve a quedar en el centro de la escena judicial.

