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Política | julio 21, 2026

Reforma laboral: el decreto sobre los aportes a los sindicatos que impone control y alivia a la CGT

A través del Decreto 612/2026, el Poder Ejecutivo precisó la base de cálculo para las retenciones y los aportes…
Por Luz Fondeville

Con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, el Gobierno nacional oficializó una actualización clave en el régimen aplicable a los sindicatos. La publicación del Decreto 612/2026 en el Boletín Oficial busca zanjar las diferencias interpretativas de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) y establecer reglas claras sobre cómo se financian los sindicatos en todo el país.

Los sindicatos en febrero de este año

En el tablero político, la letra chica de esta reglamentación expone el resultado de semanas de intensas negociaciones. La medida es leída como un triunfo de la facción dialoguista del Gobierno, encabezada por Santilli, frente a la postura desreguladora más dura que promovía el ministro Federico Sturzenegger. Al encontrar un punto de equilibrio entre las exigencias de transparencia y el resguardo de la estructura, la Casa Rosada logró sellar una tregua temporal con uno de los sindicatos más grandes e importantes de Argentina, la Confederación General del Trabajo (CGT).

La nueva base de cálculo salarial y los ingresos excluidos

El corazón del decreto radica en la incorporación de un nuevo párrafo al artículo 6° bis del Decreto 199/88, el cual redefine exactamente sobre qué porción del sueldo se aplicarán las retenciones. A partir de ahora, la base de cálculo no se limitará únicamente al salario básico convencional de la categoría del trabajador, sino que también comprenderá todas las sumas remunerativas normales y habituales de frecuencia mensual que tengan origen en el convenio. Esta ampliación representa un alivio para la recaudación gremial, que temía quedar atada exclusivamente a los básicos.

Modificaciones en el artículo 6° bis del Decreto 199/88

Sin embargo, para proteger el bolsillo del empleado frente a descuentos desproporcionados, la Secretaría de Trabajo detalló de forma explícita y taxativa qué rubros quedan afuera de esta base imponible. La normativa establece que bajo ningún punto de vista integrarán el cálculo de retenciones los premios, los bonos por productividad, la participación en las ganancias, las horas extras, el Sueldo Anual Complementario o aguinaldo, el plus vacacional, las sumas no remunerativas y cualquier otro concepto extraordinario que no sea abonado de manera habitual y mensual.

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El “salvavidas” para las obras sociales y el tope del 2%

Uno de los puntos más ríspidos de la Ley de Modernización Laboral sancionada en febrero fue la imposición de un tope histórico del 2% para las llamadas “cuotas solidarias”, aquel aporte que se descuenta a todos los trabajadores de una actividad sin importar si están afiliados o no. La reglamentación actual mantiene firme ese porcentaje máximo, pero introduce una excepción que resulta vital para la supervivencia financiera de las cúpulas.

El texto oficial excluye de manera explícita del tope del 2% a todos los aportes y contribuciones patronales destinados a fines sociales, asistenciales y previsionales. Este punto específico permite blindar los millonarios recursos dirigidos al sostenimiento de las obras sociales, asegurando su funcionamiento operativo de manera independiente a la recaudación por la cuota solidaria estricta, un reclamo que la CGT consideraba innegociable.

Nuevas exigencias de transparencia y contabilidad separada en sindicatos

La medida se disputa entre el Gobierno y CGT por la reforma laboral.

Como contrapartida al oxígeno financiero otorgado, el Gobierno impuso nuevas y estrictas reglas de juego para la administración de la caja gremial. El decreto reafirma que las contribuciones a cargo de los empleadores deberán destinarse única y exclusivamente a obras de carácter social, asistencial, previsional o cultural, siempre en beneficio directo de los trabajadores representados por la entidad.

Para garantizar el cumplimiento efectivo de este mandato y evitar el desvío de fondos, el Poder Ejecutivo dispuso que estos millonarios recursos deberán ser administrados, contabilizados y documentados de manera totalmente separada del resto de los bienes y fondos propios de los sindicatos. Esta exigencia de trazabilidad contable facilitará el control de legalidad por parte de las autoridades nacionales y auditará de cerca el patrimonio general.

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