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Sociedad | agosto 30, 2026

ANSES cambió el bono para jubilados de la mínima, ¿cuánto cobrarán desde septiembre?

El Decreto 686/2026 establece que, a partir de esa fecha, ANSES pagará a los jubilados con haberes superiores a la…
Natalia Penta
Por Natalia Penta

Productora audiovisual y redactora. Trabaja en producción de contenidos y redacción periodística para medios digitales y radio. También…

ANSES confirmó que los jubilados y pensionados con haberes superiores a la mínima comenzarán a cobrar desde el martes 25 de agosto un bono que, en la mayoría de los casos, no será de $70.000 completos. La medida surge del Decreto 686/2026, publicado en el Boletín Oficial, que establece un esquema proporcional para este grupo de beneficiarios.

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La diferencia depende del ingreso previsional de cada titular. Para agosto, el haber mínimo fue fijado en $419.775,93, mientras que el bono tiene un valor máximo de $70.000. La suma de ambos conceptos genera un límite total de $489.775,93 entre la prestación mensual y el refuerzo.

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La normativa dispone que quienes perciben un ingreso igual o inferior al haber mínimo cobran el bono completo. En cambio, los titulares que superan esa cifra reciben solamente la porción necesaria para alcanzar el techo mensual establecido por decreto.

Qué cambia exactamente desde el 25 de agosto

El bono no modifica su valor máximo, que sigue siendo de $70.000. Lo que cambia para quienes cobran a partir del 25 de agosto es el importe que efectivamente verán depositado, ya que ese día arranca el cronograma correspondiente a jubilaciones y pensiones superiores al haber mínimo.

En ese segmento, el refuerzo se reduce a medida que aumenta el haber mensual. ANSES calcula la diferencia entre lo que cobra cada beneficiario y el techo de $489.775,93: si el haber ya alcanza o supera ese valor, no corresponde ningún adicional.

No se trata, entonces, de una reducción general del bono ni de un cambio introducido exclusivamente el 25 de agosto, sino de la aplicación del esquema proporcional para los haberes más altos, cuyo calendario de pago comienza en la última semana del mes.

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Cómo se calcula el bono proporcional

La cuenta puede hacerse con una fórmula sencilla:

  • $489.775,93 menos el haber mensual = bono proporcional a cobrar.

Algunos ejemplos permiten entender el mecanismo con mayor claridad:

  • Con un haber de $430.000, el refuerzo será de $59.775,93.
  • Con un haber de $440.000, el bono será de $49.775,93.
  • Con un haber de $450.000, corresponderán $39.775,93.
  • Con un haber de $470.000, el adicional será de $19.775,93.
  • Con un haber de $480.000, el refuerzo quedará en $9.775,93.
  • Con un haber de $489.775,93 o más, no corresponde ningún bono.

El decreto establece, además, que el cálculo debe considerar la suma de todas las prestaciones vigentes que tenga cada titular, y no una prestación de forma aislada.

Quiénes cobran los $70.000 completos

Los jubilados y pensionados que perciben hasta el haber mínimo acceden al monto completo del bono. Con la actualización de agosto, ese grupo alcanza un ingreso total de $489.775,93, compuesto por la prestación de $419.775,93 y el refuerzo de $70.000.

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El beneficio también alcanza a los titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y de distintas Pensiones No Contributivas, siempre según las condiciones establecidas para cada prestación.

La PUAM quedó fijada en $335.820,74 durante agosto. Con el bono completo, sus beneficiarios llegan a un ingreso aproximado de $405.820,74. Las Pensiones No Contributivas por vejez e invalidez, por su parte, se ubican en torno a $293.843,15 antes de sumar el adicional.

Quiénes quedan afuera del refuerzo

Los jubilados y pensionados con haberes iguales o superiores a $489.775,93 no reciben el bono, debido a que ya alcanzan el techo definido por la suma de la mínima más el monto máximo del refuerzo.

Tampoco corresponde sumar los $70.000 completos a una prestación que ya supera el haber mínimo: en esos casos, el organismo liquida solo la diferencia correspondiente o, directamente, no incorpora ningún adicional.

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El haber máximo de agosto fue determinado en $2.824.694,49. Al tratarse de un monto ampliamente superior al límite del bono, quienes cobran la jubilación máxima quedan automáticamente fuera del refuerzo.

Calendario de pagos desde el 25 de agosto

Los pagos para los haberes superiores a la mínima se realizan según la terminación del DNI, entre el martes 25 y el lunes 31 de agosto:

  • DNI terminados en 0 y 1: martes 25 de agosto.
  • DNI terminados en 2 y 3: miércoles 26 de agosto.
  • DNI terminados en 4 y 5: jueves 27 de agosto.
  • DNI terminados en 6 y 7: viernes 28 de agosto.
  • DNI terminados en 8 y 9: lunes 31 de agosto.

Dentro de este cronograma cobran tanto los titulares que recibirán un bono proporcional como aquellos que no tendrán refuerzo por superar el límite mensual.

No hace falta hacer ningún trámite

El bono se liquida automáticamente junto con la jubilación o pensión y se acredita en la misma cuenta bancaria habitual. No es necesario inscribirse ni presentar ninguna solicitud ante ANSES.

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Para revisar el monto exacto, el recibo de haberes y la fecha de acreditación, los beneficiarios pueden ingresar a Mi ANSES con su CUIL y Clave de la Seguridad Social. También conviene verificar que los datos personales y bancarios estén actualizados.

El Decreto 686/2026 aclara además que el bono es no remunerativo, no está sujeto a descuentos y no se computa para otros conceptos. La prestación previsional debe estar vigente en el mes de liquidación para que corresponda el pago.

En resumen: quienes cobran la mínima reciben el refuerzo completo, los beneficiarios ubicados entre $419.775,93 y $489.775,93 acceden a un bono proporcional, y quienes igualan o superan ese techo quedan fuera del pago extraordinario. Antes de la fecha asignada según el DNI, se recomienda consultar la liquidación en los canales oficiales para conocer el importe exacto y evitar confusiones frente a un depósito inferior a los $70.000 anunciados.

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